jueves, 30 de septiembre de 2010

Zonificacion Y Normas De Uso

Como instrumento de política ambiental, la zonificación para el manejo de la Reserva
de la Biosfera El Triunfo requiere de un procedimiento específico de gestión
social para el medio rural, que debe ir mucho más allá de la consulta de una
propuesta científico-técnica. Por tanto, la tarea que supone desarrollar esta gestión no
es sencilla, sobre todo si tomamos en cuenta que no existen procedimientos explícitos
en los que se pueda garantizar que tanto lo analizado como lo acordado sea lo mejor
para lograr que el modelo cumpla no sólo con los objetivos de conservación ecológica del medio ambiente, sino que efectivamente sea una herramienta para lograr el desarrollo
sustentable de las comunidades locales.
Uno de los primeros pasos para lograr ese objetivo se refiere a una correcta ubicación
de los procesos en las escalas de espacio y el tiempo, primordialmente porque los
sujetos sociales que actúan en cada uno de ellos son distintos y su nivel de injerencia
y toma de decisiones lo es también. La zonificación, por tanto, debe reconocer con claridad
esta estructuración vertical y horizontal de las políticas y usos del suelo que permita
y aliente la planeación participativa que se debe establecer como fórmula para
articular la discusión de todos los actores. Una definición de unidades taxonómicas del
paisaje posibilita una inclusión temática y espacial de los procesos y políticas, desde
la escala regional, pasando por la comunitaria y llegando hasta la unidad de producción,
parcela o cafetal.
De tal forma la zonificación aquí propuesta podrá llegar a constituirse efectivamente
en una herramienta de manejo del área y sus recursos en el corto, mediano y largo
plazos. Su definición es un proceso que demanda la consideración progresiva e incluyente
de numerosos factores que establecen afinidades o discrepancias entre una zona
y otra a lo largo del tiempo y que requieren de constante actualización al incorporarse
con mayor información y experiencias. Al ser la conformación de los paisajes un proceso
dinámico, los criterios de zonificación para el manejo deben también cumplir esta
premisa, es por ello que cada zona de manejo está referida a una periodicidad dada,
que determina un umbral de transformación y cambio tecnológico en las actividades que
deben ser impulsadas o normadas dentro de la reserva.
Resumiendo la metodología aplicada en la zonificación para el manejo, el análisis
de las unidades naturales aquí considerado, se realizó con base en la definición de los
usos de suelo actuales, potenciales y alternativos y se estableció una matriz de análisis
de aptitud con base en los criterios e indicadores definidos en cada uno de los aspectos
físicos, biológicos y socioeconómicos utilizados. En total se definieron catorce
usos de suelo agrupados en cuatro grandes políticas de manejo.
Es importante señalar que la zonificación propuesta se tendrá que mejorar en la
medida que se cuente con información más detallada de la reserva. Asimismo, el ordenamiento
ecológico de la reserva, el ordenamiento comunitario y el establecimiento de
reservas territoriales para las comunidades rurales también serán herramientas que
en el futuro cercano coadyuvarán a mejorar las acciones para la conservación de El
Triunfo.
 
Considerando las características de la región de El Triunfo se estableció la siguiente
zonificación para el manejo, consistente en cuatro políticas generales:
1. Protección (zonas núcleo y algunos sitios bien conservados de la zona de amortiguamiento).
2. Conservación (zona de amortiguamiento).
3. Aprovechamiento (zona de amortiguamiento).
4. Restauración (zona de amortiguamiento).
Para cada política de manejo y uso del suelo se definieron una serie de normas de
uso, referidas a prever los impactos ambientales no deseados e impulsar la reorientación
tecnológica de los sistemas de producción.

Zonas de Proteccion
 
Definición
Son áreas conformadas por aquellas unidades que presentan un estado de conservación
bueno o excelente. Dentro de esta categoría se incluyeron los paisajes característicos
de una gran inestabilidad del medio o con una estabilidad condicionada,
primordialmente los paisajes de tipo forestal. Por las condiciones naturales y algunas
relacionadas con la tenencia de la tierra, aparentemente estas zonas nunca han estado
sujetas a la explotación forestal o aprovechamiento agropecuario.
Por definición en el Decreto estas zonas están delimitadas por las cinco zonas núcleo
con que cuenta la reserva (La Angostura, El Venado, Cuxtepec, El Triunfo y Ovando), además
de otras unidades naturales incluidas que se caracterizan por presentar principalmente
bosques mesófilos que son hábitat de las especies representativas de la reserva, algunas
de las cuales se encuentran dentro de algún estatus de protección.
El manejo de estos ecosistemas y hábitats será mínimo, permitiendo el desarrollo
de los ciclos ecológicos naturales. Por la susceptibilidad de estas zonas a ser afectadas
por incendios forestales, se establecerán programas de prevención y control que permitan
una incidencia controlada del fuego. En algunos casos y para los fines que así
lo demande alguna población o comunidad, se buscará implementar esquemas de
manejo y protección especiales.
Por tanto, las únicas actividades contempladas para esta área son los usos con fines
científicos, investigación, educación y monitoreo, siempre y cuando no modifiquen
el hábitat o introduzcan especies exóticas y se sujeten a la autorización por parte de
la Dirección de la reserva y las instancias competentes de la SEMARNAP. Cuando sea
estrictamente necesario se podrá construir infraestructura para protección, educación,
investigación y visitas guiadas. Esto será factible sólo en los dos sitios que siempre han
sido visitados (Campamento El Triunfo y Palo Gordo) desde antes del establecimiento
federal de la reserva.

Normas de uso
 
• Los usos de suelo permitidos son el científico, técnico, educación ambiental y recreación.
 
• Cualquier investigador o institución que desee realizar investigación o colecta deberá
contar con el permiso respectivo que indican las Reglas Administrativas de la
reserva.
 
• En estas zonas se podrán realizar prácticas de campo, previa autorización del INE
la Dirección de la reserva.• Sólo se permitirán visitas en los parajes de Palo Gordo y Campamento El Triunfo,
previa autorización del INE y la Dirección de la reserva. El número máximo de visitantes
en estos parajes no deberá exceder de 50 personas al mismo tiempo, mientras
no se cuente con los estudios de capacidad de carga correspondientes.
 
• Cuando por extrema necesidad se requiera construir, rehabilitar o ampliar infraestructura
en los parajes mencionados, se tendrán que cubrir las normas y requisitos
establecidos por la LGEEPA y sólo podrá desarrollarse para beneficiar y
facilitar las actividades de conservación desarrolladas por personal oficial asignado
a la reserva.
 
Usos de suelo permitidos
 
• Científico y técnico. Se refiere a las actividades de investigación y desarrollo tecnológico
que pueden ser realizadas en torno a las líneas básicas y necesidades que
existen para conocer y proteger los recursos naturales de la reserva: ciclos ecológicos,
biodiversidad, prevención y mitigación de impactos ambientales y análisis de los
sistemas de producción y características socioeconómicas de la población local.

Zonas de Conservacion
 
Definición
Estas unidades presentan un mosaico que integra diversas actividades productivas de
las comunidades rurales, orientadas básicamente a la producción de café y milpa. Suelen
estar combinadas con áreas boscosas de pino-encino, selvas y bosque mesófilo, los
cuales se encuentran en proceso de sustitución y aprovechamiento selectivo.
Al ser medios de estabilidad condicionada a inestables, es muy importante conservar
los ecosistemas existentes y procesos naturales que en ellos se desarrollan, por
lo que es necesario que las actividades que se efectúen sean de baja intensidad y estén
sujetas a estrictas regulaciones de uso de los recursos naturales.
Para tal efecto, se deberá promover en estas zonas la investigación aplicada para
el manejo integral y sustentable de los recursos naturales, así como indagar su uso
actual y potencial.
Por su importancia para la estabilidad hidrológica de toda la zona de influencia, las
áreas de conservación deben ser atendidas como prioritarias dentro de los esquemas
de capacitación y reconversión tecnológica; además de que constituyen la franja más
importante de atención de la reserva. La temporalidad para instrumentar estos procesos,
dado su carácter estratégico, no debe exceder el mediano plazo.
 
Normas de uso
 
• Los usos de suelo permitidos son: plantaciones de café orgánico, establecimiento de
plantaciones para el aprovechamiento de palma, ecoturismo, sistemas de producción
agroforestales, aprovechamientos forestales basados en programas de manejo silvícolas,
aprovechamiento de cícadas y aprovechamiento de plantas medicinales.

• El uso de suelo compatible es el científico y técnico.
 
• En todos los casos en que se realicen las actividades consideradas, se mantendrán
y mejorarán las condiciones de la vegetación natural para no interrumpir o fraccionar
los hábitats y las áreas que funcionan como corredores biológicos.
 
• Se regularán todas las actividades agropecuarias, forestales y de servicios, con el
fin de que minimicen los impactos sobre los recursos naturales y se fomentará el uso
de técnicas apropiadas a la conservación de hábitats y ecosistemas.
 
• Se permitirá el uso, aprovechamiento y reproducción de especies de flora y fauna
de manera controlada, siempre y cuando se cuente con las autorizaciones expedidas
por la SEMARNAP.
 
• Se fomentarán las actividades recreativas y el ecoturismo, de manera organizada
y planificada para evitar el deterioro de áreas. Se permitirá la construcción de las
instalaciones necesarias para la administración y los visitantes, previa autorización
en materia de impacto ambiental.
 
• Se evitará la disposición indiscriminada de residuos sólidos, evitando la contaminación
y alteración de los ciclos biológicos naturales y por consiguiente, asegurando
la conservación de la belleza escénica.
 
• Se deberán modificar todas aquellas actividades agropecuarias que representen
actualmente impactos en los cuerpos de agua y en los suelos, especialmente las
relacionadas con el beneficio de café, que deberán ser controladas y monitoreadas
para vigilar que éstas no excedan los límites permitidos por las normas y disposiciones
generales y específicas que puedan aplicarse, derivadas estas últimas de la
investigación científica en el corto plazo.
 
• Todos los aprovechamientos forestales de productos maderables y no maderables deberán
apegarse estrictamente a los términos establecidos en la Ley Forestal, la LGEEPA,
sus Reglamentos respectivos y las Normas Oficiales Mexicanas, por lo que será
indispensable contar con los Programas de Manejo Forestales e Inventarios Forestales
de toda la reserva, que permitan definir los límites máximos de aprovechamientos.
 
• No podrá hacerse ningún aprovechamiento o plantación forestal de productos maderables
o no maderables sin la autorización y seguimiento por parte de las instancias
competentes de SEMARNAP.
 
• La apertura de caminos rurales podrá realizarse siempre y cuando sea estrictamente
de utilidad para las comunidades locales, y requerirá cubrir los estudios y medidas de
mitigación identificados por las manifestaciones de impacto ambiental.
 
Usos de suelo permitidos
 
• Café orgánico. De acuerdo con sus condicionantes, en las áreas de laderas existe la
posibilidad de implementar este tipo de actividad, con las consideraciones específicas
en cada caso. En particular, la cafeticultura que deberá implementarse será de tipo orgánico
(o similares como cafe amigable o sustentable) y en el mediano plazo se buscará
completar la reconversión de los sistemas de producción actualmente utilizados,
para prevenir los impactos en las partes más bajas y en los cuerpos de agua.

• Cultivo de palma. Existen áreas que por sus características pueden ser útiles para
el aprovechamiento de palmas del género Chamaedorea, entre otras, las cuales tienen
un mercado importante, incluso de exportación. Sin embargo, esta actividad
siempre ha sido realizada de manera extractiva y sin ningún control sobre las poblaciones,
por lo que será indispensable en el corto plazo contar con un Plan de Manejo
de las áreas actuales de corte y una estrategia para la implementación de
plantaciones, que permita la propagación y el manejo sustentable del recurso.
 
• Ecoturismo. Esta actividad tiene un importante potencial en la reserva, consistente
en la utilización de espacios que por su belleza escénica o representatividad puedan
ser atractivos a un turismo especializado, para lo cual se requiere conformar
un sistema predefinido de rutas, senderos y recorridos, los cuales deberán contar
con la autorización y orientación correspondiente de la Dirección de la reserva. Todas
las visitas contempladas en este esquema deben ser guiadas por especialistas
acreditados. Los programas de ecoturismo deberán de estar orientados a
actividades de educación ambiental y para generar beneficio directo a las comunidades.
 
• Agroforestal. Dentro de esta categoría se incluyen paisajes caracterizados como
inestables con bosques y selvas. Los cultivos propuestos son el café, macadamia,
pimienta, vainilla, cacao, frutales, palma camedor, entre otros, intercalados con
producción de básicos como maíz, frijol y calabaza; buscando progresivamente
establecer un estrato arbóreo, preferentemente de especies locales y que eventualmente
puedan ser aprovechados en el largo plazo. Estas plantaciones se deberán
realizar en forma de mosaico, dejando corredores de vegetación original y
secundaria de tal manera que se permita la regeneración actual del medio y también
como corredores para la fauna silvestre.
 
• Manejo silvícola. Aunque podría considerarse como uso de suelo para aprovechamiento
en el marco de la presente zonificación, debe ser visto como un uso de conservación,
por dos motivos fundamentales: primero, porque existen serias limitaciones
de orden físico y organizativo para llevar a cabo un aprovechamiento intensivo
de maderas preciosas en los reductos disponibles y segundo, por la importancia ecológica
de algunas unidades y las condiciones de estabilidad que determinan, sólo
se podrá desarrollar el aprovechamiento en aquellas áreas que cuenten con una
estrategia de manejo que defina zonas de corta recuperación en un periodo de 20
años como mínimo. Además debe desarrollarse a muy bajas intensidades y tener
claramente delimitadas las reservas que permanecerán intactas. Su estructuración
en el ámbito comunitario deberá derivarse de: a) acuerdos mínimos para establecer
áreas forestales no sujetas a aprovechamiento; b) acuerdos para establecer área
forestal permanente; y c) estudios dasonómicos elaborados por expertos y dictaminados
por las autoridades correspondientes.
 
• Cultivo de cícadas. Se refiere a zonas muy específicas en donde existe el potencial
de aprovechar de manera controlada distintas especies de cícadas, las cuales
tienen en la actualidad un mercado importante. Para poder realizar esta actividad se deberá contar con los estudios necesarios y Programas de Manejo Forestales,
así como con la autorización de la SEMARNAP y la orientación de la Reserva.
 
• Plantas medicinales. Se refiere a un tipo de aprovechamiento de manejo restringido y
de bajo impacto, con el fin de no llegar a afectar poblaciones naturales por su uso, por
lo que las especies con estatus de protección o endémicas no podrán ser utilizadas libremente.
Para impulsar este uso y definir estas áreas se deberán realizar inventarios,
estudios etnobotánicos, antropológicos, de domesticación y farmacológicos para determinación
de principios activos. Las autoridades competentes podrán suspender en
cualquier momento este aprovechamiento cuando se considere que están en peligro,
por su uso, determinadas especies o comunidades.

Zonas de Aprovechamiento
 
Definición
Son propiamente las zonas cuyo uso actual ha ocasionado alteración, modificación y/
o desaparición del ecosistema original. En estas unidades se permitirá el desarrollo de
actividades económicas diversificadas bajo estrictas regulaciones, para que éstas se
realicen en base a los criterios de protección de los ecosistemas.
Dentro de esta categoría se incluyen paisajes caracterizados como estables, tales
como los valles fluviales. El uso recomendado es la agricultura de humedad, de preferencia
orgánica, con dos ciclos anuales de maíz-hortalizas-leguminosas. Al igual que
los demás usos propuestos, se pueden desarrollar otros, como las plantaciones arbóreas
para aminorar el efecto antrópico y reducir los efectos de la erosión hídrica en los
flancos de las sierras plegadas.
 
Normas de uso
 
• Los usos de suelo permitidos son: sistemas agrosilvopastoriles y silvopastoriles,
establecimiento de milpas orgánicas, de plantaciones de frutales y ganadería intensiva.
 
• Los usos compatibles son: plantaciones de café orgánico, palma, ecoturismo, sistemas
de producción agroforestales, aprovechamientos forestales basados en programas
de manejo silvícolas, aprovechamiento de cícadas, aprovechamiento de
plantas medicinales y aprovechamiento científico y técnico.
 
• La apertura de caminos rurales podrá realizarse siempre y cuando sea estrictamente
de utilidad para las comunidades locales y deberán cubrir los estudios y medidas
de mitigación identificados por las manifestaciones de impacto ambiental, acorde con
lo que establece la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
 
Usos de suelo permitidos
 
• Agrosilvopastoril. Debido a que una gran cantidad de áreas se encuentran en proceso
o en plena sucesión ecológica, es necesario reconocer que esta rehabilitación
tiene que pasar por un análisis detallado en el ámbito horizontal de cada unidad de paisaje. Sin embargo, el manejo agrosilvopastoril, más allá de pretender hacer un
uso combinado en el espacio de las tres actividades que a todas luces compiten en
la reserva, busca llevar a cabo a lo largo del tiempo esta práctica en un mismo territorio,
en el cual puede pasar de un uso pecuario extensivo para ganado mayor a
uno semi-intensivo, posteriormente a un uso de ganado menor con prácticas agrícolas
de tipo orgánico, para después ser utilizado en agricultura de plantaciones,
como café o cacao, e iniciar el establecimiento de áreas de reforestación de tipo comercial.
Debido a la complejidad que la instrumentación de este uso de suelo significa,
es relevante incluso reconocer los cambios generacionales que implicará su
atención en un plazo tan largo; por lo que será necesario concretar una serie de apoyos
y programas paralelos a la implementación de las actividades y normas de uso
de estas áreas.
 
• Milpa orgánica. Si bien es cierto que una intención básica dentro de la Zonificación
de Manejo es la reorientación de las actividades productivas en la reserva, específicamente
al sustituir la práctica de roza-tumba-quema como método masivo para
adecuación de las áreas para milpa, debemos reconocer que es una tarea que podrá
concretarse sólo en el mediano plazo. No existen fórmulas que garanticen en
lo social una adaptación de cambio simple e inmediata. Por lo tanto, es necesario
definir dos estrategias para impulsar este uso de suelo: definición de un acuerdo comunitario
que permita una incorporación progresiva en número de productores y superficie
en un lapso de mediano plazo; y la existencia de un seguro de contingencias
que les permita a los agricultores protegerse por cualquier siniestro, si la cosecha
con métodos orgánicos no se obtiene.
 
• Plantaciones de frutales. En las porciones planas y de laderas que así lo permitan
se podrán establecer plantaciones de frutales con fines comerciales, siempre y cuando
no impliquen cambio de uso de suelo forestal y se cumpla con la normatividad
vigente. Se buscará que este tipo de plantaciones pueda ser lo más diversificado
posible para su explotación y que puedan ser utilizadas como corredor biológico para
algunas especies de aves que habitan la reserva y su zona de influencia.
 
• Ganadería intensiva. La práctica de la ganadería extensiva es especialmente grave
en las zonas de lomeríos, piedemonte, terrazas y laderas tendidas de la reserva,
en donde se practica pastoreo sin ningún control. La intensificación propuesta
reconoce la existencia de amplias áreas abiertas a la ganadería y buscará, como
primer paso, el establecimiento de sistemas de manejo de potreros y cultivo de pastos,
con la perspectiva de que se incremente el índice de agostadero a largo plazo,
con ello se deberán iniciar procesos de restauración en las zonas que se vayan
sustrayendo a esta práctica. Por ser estratégica la conservación de los paisajes en
donde se desarrolla la ganadería, su reconversión es prioritaria para la estabilidad
hidrológica de las cuencas.

Zonas de Restauracion
 
Definición
Se refiere a las zonas destinadas a fines de recuperación de sus condiciones ecológicas
originales, particularmente del suelo y la vegetación, que presentan en algunos casos
niveles importantes de deterioro o erosión. Para zonas de pastizales, las labores
de restauración incluyen sustitución de especies existentes actualmente y, en el caso de
los acahuales, se sugiere un manejo de tipo agrosilvopastoril que favorezca la reforestación,
incorporando además prácticas de conservación de suelos. Por lo tanto, es necesaria
la regulación de las actividades que ahí se desarrollen.
Desde la perspectiva de manejo de cuencas, se deberá incidir para que en el ámbito
comunitario se logren los acuerdos que establezcan las zonas de captación de agua
bajo el régimen de protección; así como en la restauración productiva de la agricultura
de temporal establecida en lomeríos, terrazas, mesetas y laderas.
 
Normas de uso
 
• El uso de suelo permitido es la restauración productiva.
 
• El uso compatible es el científico y técnico.
 
• Se regularán todas las actividades realizadas en estas zonas y que estén ubicadas
dentro de la Reserva.
 
• Sólo se permitirán actividades de carácter productivo que no signifiquen mayor deterioro
de las condiciones naturales.
 
• Se deberán implementar a corto plazo los estudios que se requieran para la recuperación
de estas áreas.
 
Usos de suelo permitidos
 
• Restauración productiva. Áreas fuertemente deterioradas y, por lo tanto, sin ninguna
aptitud de uso actual, por lo que se fomentará la realización de actividades de
restauración forestal con la inclusión de actividades productivas identificadas como
permitidas o compatibles en el presente Programa de Manejo.

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